Corte mantiene límite legal de cinco gramos de cannabis tras votación dividida

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2/2/20261 min read

Corte mantiene límite legal de cinco gramos de cannabis tras votación dividida

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no alcanzó la mayoría calificada necesaria para declarar inconstitucional el límite de cinco gramos de mariguana permitido para consumo personal, previsto en el artículo 478 de la Ley General de Salud.

Con una votación de cinco ministros a favor y cuatro en contra, el máximo tribunal dejó vigente el tope legal y, en consecuencia, el delito de posesión cuando se excede dicho umbral. El criterio aprobado tendrá efectos únicamente para la persona promovente del amparo, quien se encontraba en situación de calle y se reconoció como consumidor habitual.

El asunto derivó de la detención de un individuo que portaba 14 gramos de cannabis, cantidad superior al límite establecido por la ley. El proyecto, presentado en el Amparo en Revisión 132/2025, planteaba que la posesión para consumo personal debía analizarse considerando circunstancias objetivas —como cantidad, tiempo y lugar— y subjetivas, entre ellas la farmacodependencia y el contexto social.

Durante la discusión, se advirtió que, al mantenerse el umbral legal, persiste un marco normativo que condiciona el consumo personal a una cantidad específica, lo que limita el alcance práctico del criterio judicial y mantiene el debate abierto en materia de derechos y política de salud pública.